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miércoles, junio 22, 2005

Trabajo de hobbes, Titulo:La condicion Natural de la Humanidad, realizado por Alvaro Quezada

El Leviatán
En el modelo que nos presenta Hobbes, el Estado no es el resultado de una creación espontánea de la Naturaleza (“el arte con que Dios ha hecho y gobierna el mundo”), sino que una realización colectiva e histórica de los humanos, cuyo “arte” imita:
“Pues mediante el arte se crea ese gran Leviatán que se llama una República o Estado (Civitas en latín), y que no es sino un hombre artificial, aunque de estatura y fuerza superiores a las del natural, para cuya protección y defensa fue pensado.”
La Condición Natural de la Humanidad
Hobbes deja de manifiesto que, mientras no exista un poder común que los tenga bajo su mandato, los hombres se encuentran en una condición de guerra de todos contra todos, o “estado de naturaleza”, en un mundo gobernado por las pasiones, sin distinción entre lo bueno y lo malo, que se puede explicar a partir de las siguientes premisas que dan fundamento al modelo:
1. Los hombres son iguales por naturaleza. Es una proposición fundamental de la argumentación que los hombres tienen prácticamente las mismas facultades de cuerpo y espíritu, con lo que ninguno puede reclamar algún privilegio al que otro no pueda acceder:
“La naturaleza ha hecho a los hombres tan iguales en sus facultades corporales y mentales que, […] en lo que toca a la fuerza corporal, aun el más débil tiene fuerza suficiente para matar al más fuerte, ya sea por maquinación secreta o por federación con otros que se encuentran en el mismo peligro que él. […] la naturaleza de los hombres es tal que, aunque puedan reconocer que muchos otros son más vivos, o más elocuentes, o más instruidos, difícilmente creerán, sin embargo, que haya muchos más sabios que ellos mismos: pues ven su propia inteligencia a mano, y la de otros hombres a distancia. Por esto prueba que los hombres son en ese punto iguales más bien que desiguales. Pues generalmente no hay mejor signo de la igual distribución de alguna cosa que el que cada hombre se contente con lo que le ha tocado.”
2. La inseguridad procede de la igualdad. De la igualdad de capacidades de los hombres surge la igualdad del deseo de alcanzar fines similares, con lo que la lucha entre ellos surge de la rivalidad por saciar deseos o apetitos idénticos:
“[…] si dos hombres cualesquiera desean la misma cosa, que, sin embargo, no pueden ambos gozar, devienen enemigos; y en su camino hacia su fin (que es principalmente su propia conservación, y a veces sólo su delectación) se esfuerzan mutuamente en destruirse o subyugarse. […] allí donde un invasor no tiene otra cosa que temer que el simple poder de otro hombre, si alguien planta, siembra, construye, o posee asiento adecuado, puede esperarse de otros que vengan probablemente preparados con fuerzas unidas para desposeerle y privarle no sólo del fruto de su trabajo, sino también de su vida, o libertad.
3. La guerra proviene de la inseguridad, y de la necesidad de poder. De la inseguridad, que significa ser dominado ya que siempre podrá ser vencido por otros hombres confederados, brota la necesidad de adquirir suficiente poder para dominar a otros a tal punto que dejen de ser un peligro. Del deseo de poder nace la ambición y el afán de los hombres de apoderarse de los bienes ajenos, poder que también necesita ser reconocido para imponer respeto entre los demás:
“Así pues, encontramos tres causas principales de riña en la naturaleza del hombre. Primero, competición; segundo, inseguridad; tercero, gloria.
Lo primero hace que los hombres invadan por ganancia; lo segundo, por seguridad; y lo tercero, por reputación. Los primeros usan de la violencia para hacerse dueños de las personas, esposas, hijos y ganado de otros hombres: los segundos, para defenderlos; los terceros, por pequeñeces, como una palabra, una sonrisa, una opinión distinta, […]”
4. La guerra de todos contra todos es el estado natural, o de naturaleza, cuando no existe un poder que imponga el respeto; un estado en que no hay espacio para la producción, ni para el bien, ni para la justicia, ni para la propiedad:
“[…] la naturaleza de la guerra no consiste en el hecho de la lucha, sino en la disposición conocida hacia ella, durante todo el tiempo en que no hay seguridad de lo contrario. Todo otro tiempo es paz.
[…] En tal condición no hay lugar para la industria; porque el fruto de la misma es inseguro. Y, por consiguiente, tampoco cultivo de la tierra; ni navegación, ni uso de los bienes que pueden ser importados por mar, ni construcción confortable; ni instrumentos para mover y remover los objetos que necesitan mucha fuerza; ni conocimiento de la faz de la tierra; ni cómputo del tiempo; ni artes, ni letras; ni sociedad; sino, lo que es peor que todo, miedo continuo, y peligro de muerte violenta; y para el hombre una vida solitaria, pobre, desagradable, brutal y corta.
[…] Las nociones de bien y mal, justicia e injusticia, no tienen allí lugar. Donde no hay poder común, no hay ley. Donde no hay ley, no hay injusticia. La fuerza y el fraude son en la guerra las dos virtudes cardinales. La justicia y la injusticia […] son cualidades relativas a hombres en sociedad, no en soledad. Es consecuente también con la misma condición que no haya propiedad, ni dominio, ni distinción entre mío y tuyo; sino sólo aquello que todo hombre pueda tomar; y por tanto tiempo como pueda conservarlo.
5. Los hombres tienen el derecho (natural) a hacer todo aquello que tienda a preservar la propia existencia, según su propio juicio con lo cual, dado que todos tienen derecho a todo, queda instaurada la inseguridad del estado de naturaleza:
“El derecho natural […] es la libertad que cada hombre tiene de usar su propio poder, como él quiera, para la preservación de su propia naturaleza, es decir, de su propia vida y, por consiguiente, de hacer toda cosa que en su propio juicio, y razón, conciba como el medio más apto para aquello.”
6. Los hombres tienen tendencia hacia la paz, además de sus pasiones beligerantes, con lo que pasión y razón tienen la posibilidad de institucionalizar el orden:
“Las pasiones que inclinan a los hombres hacia la paz son el temor a la muerte; el deseo de aquellas cosas que son necesarias para una vida confortable; y la esperanza de obtenerlas por su industria. Y la razón sugiere adecuados artículos de paz sobre los cuales pueden llevarse a los hombres al acuerdo.”
Las Leyes de Naturaleza
La razón le ha permitido al hombre descubrir la existencia de ciertos principios, que Hobbes denomina leyes, y que define así:
“Una ley de naturaleza (lex naturalis) es un precepto o regla general encontrada por la razón, por la cual se le prohíbe al hombre hacer aquello que sea destructivo para su vida, o que le arrebate los medios de preservar la misma, y omitir aquello con lo que cree puede mejor preservarla, […]
1. La ley fundamental de naturaleza manda a los hombres, apelando a su capacidad de razonamiento, que se esfuercen por alcanzar la paz:
“[…] todo hombre debiera esforzarse por la paz, en la medida en que espere obtenerla, y que cuando no puede obtenerla, puede entonces buscar y usar toda la ayuda y las ventajas de la guerra, […]
2. La segunda ley de naturaleza manda que los hombres deben renunciar a todos sus derechos, siempre que los demás también lo hagan, como forma de alcanzar la paz y su seguridad:
“[…] que un hombre esté dispuesto, cuando otros también lo están tanto como él, a renunciar a su derecho a toda cosa en pro de la paz y defensa propia que considere necesaria, y se contente con tanta libertad contra otros hombres como consentiría a otros hombres contra él mismo.
3. La tercera ley de naturaleza nace de la necesidad de asegurar el cumplimiento de la renuncia que manda la ley anterior, y anuncia la necesidad de un mandato coercitivo: el Derecho:
“De aquella ley de naturaleza por la que estamos obligados a transferir a otro aquellos derechos que si son retenidos obstaculizan la paz de la humanidad, se sigue una tercera, que es ésta: que los hombres cumplan los pactos que han celebrado, sin lo cual, los pactos son en vano, y nada sino palabras huecas.
“[…] deberá haber algún poder coercitivo que obligue igualitariamente a los hombres al cumplimiento de sus pactos, por el terror a algún castigo mayor que el beneficio que esperan de la ruptura de su pacto y que haga buena aquella propiedad que los hombres adquieren por contrato mutuo, en compensación del derecho universal que abandonan, y no existe tal poder antes que se erija un Estado.[…] Por tanto, allí donde no hay Estado, nada es injusto, porque la naturaleza de la justicia consiste en el cumplimiento de pactos válidos, pero la validez de los pactos no comienza sino con la constitución de un poder civil suficiente para obligar a los hombres a su cumplimiento. Y es entonces también cuando comienza la propiedad.
La generación de un Estado
El Estado es un acto de creación humana, en el cual el hombre se erige por sobre el estado de naturaleza a través de su propio acto de creación, a partir de la nada política. Esto se consigue mediante un pacto social fundamental, consistente en una multitud de hombres iguales que:
“[…] pactan cada uno con cada uno, que a un cierto hombre o asamblea de hombres se le concederá por mayoría el derecho a representar la persona de todos ellos (es decir, el derecho de ser su representante).
“[…] Esto es más que consentimiento o concordia; es una verdadera unidad de todos ellos en una e idéntica persona hecha por pacto de cada hombre con cada hombre, como si cada hombre debiera decir a todo hombre: autorizo y abandono el derecho a gobernarme a mí mismo; a este hombre, o a esta asamblea de hombres, con la condición de que tú abandones tu derecho a ello y autorices todas sus actuaciones de manera semejante.”
Este pacto que otorga derechos y asegura protección, para que sea sostenible en tanto sea pacto, necesariamente debe tener un poder ilimitado:
“[…] esta autoridad, concedida por cada individuo particular en el Estado, administra tanto poder y fuerza que por terror a ello resulta capacitado para formar las voluntades de todos en el propósito de paz en casa y mutua ayuda contra los enemigos del exterior.”
El Estado es la única fuente del Derecho y el Soberano, el único poder legislativo. El signo de la soberanía absoluta de poder dar y quebrantar la ley, de establecer la moral, de concentrar todos los poderes, queda explicitado en las palabras del autor:
“[…] los que son súbditos de un monarca no pueden sin su consentimiento desprenderse de la monarquía y volver a la confusión de una multitud desunida; ni transferir su representación de quien la gobierna a otro hombre u otra asamblea de hombres […}
“[…] puesto que el derecho de representar a todos se confiere al hecho soberano sólo por contrato de uno con otro y no de él con ninguno de ellos, no puede acontecer una violación del pacto por parte del soberano y, en consecuencia, ninguno de sus súbditos puede ser liberado de su sujeción por ninguna pretensión de expolio.”
“[…] todo hombre particular es autor de todo cuanto el soberano hace y, en consecuencia, quien se quejase de injuria de su soberano se quejaría de algo hecho por él mismo; y, en esa medida, no debería acusar a nadie salvo a sí mismo; y tampoco a sí mismo, porque resulta imposible injuriarse.”
“[…] ningún hombre que tenga poder soberano puede ser justamente llevado a la muerte o castigado de cualquier otro modo por ninguno de sus súbditos.”
“[…] pertenece a quien posee el poder soberano ser juez o nombrar o nombrar a todos los jueces sobre opiniones y doctrinas que parezcan necesarios para la paz, previniendo así la discordia y la guerra civil.”
“[…] corresponde a la soberanía todo el poder de prescribir las leyes por cuya mediación cualquier hombre puede saber de qué bienes puede disfrutar y qué acciones puede hacer sin ser molestado por ninguno de los demás súbditos. Y esto es lo que los hombres llaman propiedad.”
“[…] corresponde a la soberanía el derecho de enjuiciamiento, es decir, de escuchar y decidir todas las controversias que puedan brotar en torno a la ley, tanto civiles como naturales, o concernientes a cuestiones de hecho.”
“[…] se encomienda al soberano el poder de recompensar con riquezas y honor, y el de castigar con pena corporal o pecuniaria, o con ignominia, a todo súbdito con arreglo a la ley previamente hecha por él; y, si no hay ley hecha, según considere más conveniente para estimular el servicio de los hombres al Estado o para disuadirles de mal servir a la misma.”
“Pertenece […] al soberano, dar títulos de honor también, e indicar qué orden de puesto y dignidad habrá de tener cada hombre, y qué signos de respeto en reuniones públicas o privadas se darán unos a otros.”
Se puede inferir que el Soberano no forma parte del pacto en las mismas condiciones que los súbditos, puesto que permanece en el estado de naturaleza ya que no necesita renunciar ni a su libertad ni al resto de sus derechos. Su poder es absoluto en la medida que su libertad también es absoluta. Su ética es la del gobernante que debe asegurar a como dé lugar la paz y el orden, mientras que la de los súbditos está condicionada a la necesidad de obedecer.
En caso que a alguien le pudieran parecer un tanto miserables las condiciones en que quedan los súbditos, luego de ceder todos sus derechos, Hobbes le recuerda que:
“[…] la condición del hombre nunca puede carecer de una incomodidad u otra; y que apenas es perceptible lo más grande que puede alguna vez suceder al pueblo en general, dentro de cualquier forma de gobierno, comparado con las miserias y horribles calamidades que acompañan a una guerra civil, o con esa disoluta situación de hombres sin señor, sin sujeción a leyes, y sin un poder coercitivo capaz de atar las manos apartándoles de rapiña y venganza. […] Porque todos los hombres están dotados por la naturaleza con notables lentes de aumento (sus pasiones y su propia estima, desde las cuales todo pequeño pago parece una gran calamidad; pero carecen de lentes previsores (a saber, la moral y la ciencia civil) para ver bien de lejos las miserias que pesan sobre ellos y que no podrán ser evitadas sin tales pagos.”

Bibliografía
Hobbes, Thomas: Leviatán. Editorial Losada, Buenos Aires. 2004. 569 pp.
Basaure, Mauro: Prudencia y ciencia en Thomas Hobbes. Crítica interna para la crítica política. Documento N°2. Facultad de Ciencias Sociales, Universidad de Chile. 2001.

1 Comments:

At 1:25 p.m., Anonymous Anónimo said...

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